mayo 19, 2024

Cd. de México (agencias).- Septiembre es conocido como “el mes del testamento”, un documento que brinda seguridad a los seres queridos de las personas que llegan a fallecer; a continuación, damos las respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre este trámite, pues, si bien, es muy común que se hable de él, pocas personas saben cuál es su principal objetivo.

—¿Qué es un testamento?

Es un documento con validez legal que se elabora para designar a qué persona se le “dejan” ciertos bienes y derechos para después de su muerte.

Por ejemplo: Una persona puede dejar un testamento para repartir algunos de sus bienes materiales, como una casa, un carro o hasta un libro.

—¿Por qué es importante hacer un testamento?

Elaborar un testamento es pensar en evitar problemas a futuro. Pues en ocasiones podría haber problemas entre los familiares cercanos que consideren tener derecho a la posesión de bienes.

Así, con este documento, se plasma la última voluntad de la persona que lo elabora frente a un notario público y designa los nombres de las personas a las que les desea dejar algo y a éstas se les denomina “herederos”.

—¿Qué pasa si no se elabora un testamento?

En el supuesto de no dejarse un testamento, la ley establece quiénes serían los herederos y en qué proporción.

Sin embargo, dejar que sea la ley quien determine eso implica juicios y por ende, gastos que se puede evitar si se elabora un testamento.

Si no se elabora un testamento y hay una disputa sobre quién de los familiares “se queda” con los bienes, se debe tramitar un juicio sucesorio ante el juzgado de lo familiar para determinar el reconocimiento de herederos que en muchas ocasiones puede no coincidir con la voluntad de la persona que falleció.

—¿Cuáles son los pasos a seguir si no se deja testamento?

  • Se inicia un juicio sucesorio intestamentario.
  • Se cita a los herederos, se convoca a los posibles herederos y finalmente se hace una declaración de herederos.
  • A falta de testamento heredan los: descendientes, cónyuges, concubino o concubina, ascendientes y parientes colaterales hasta el cuarto grado
  • Se designa un albacea.
  • Se hace un inventario y avalúo de tus bienes.
  • Administración de bienes.
  • Se realiza un proyecto de partición de bienes, un acuerdo y resolución sobre éste.
  • Adjudicación de los bienes a los herederos.

—¿Cuáles son los pasos a seguir si mi familiar dejó testamento?

Una vez que la persona fallece:

  • Los herederos acuden a la notaría o también podrán hacerlo vía judicial.
  • Se realiza la búsqueda del testamento y se apertura.
  • Se nombra al albacea que decidiste en tu testamento.
  • Se hace un inventario y avalúo de tus bienes.
  • Administración de bienes.
  • Repartición de bienes para los herederos.
  • Se cumple tu voluntad

—¿Qué es una albacea y que función tiene?

Es la persona designada en el testamento para que sea responsable de hacer cumplir la última voluntad de la persona que fallece.

Después de aceptar su cargo, se encargará de cuidar y dar destino a los bienes que disponga el testamento y además su función principal es la de hacer cumplir el testamento para lo cual deberá acudir ante el notario y presentar el acta de defunción del testador y el testimonio del testamento.

¿Y luego qué sigue? el notario indicará al albacea el procedimiento a seguir e iniciará los trámites.

Finalmente, elaborará la respectiva escritura de adjudicación por herencia de los bienes de la sucesión en favor de los herederos o legatarios.

—¿Se puede modificar un testamento?

Sí. Para hacerlo solo es necesario cumplir con los mismos requisitos que fueron necesarios para otorgar el anterior, es decir, acudir con un notario público para manifestarle los cambios que se quieren hacer al testamento.

El testamento es un acto revocable y modificable, por lo que puede ser cambiado cuantas veces sea, si durante su vida otorgó varios testamentos, el último de ellos será el que cumplirá con su voluntad y, por tanto, el único válido.

—¿Qué pasa con las deudas que tenga el testador cuando fallece?

El total de los bienes que conforman la herencia del testador responderán al pago de las deudas hasta donde su valor alcance. Si el monto del adeudo supera la suma de los bienes, los herederos no tendrán obligación de aceptar la herencia, y si es menor, podrán saldarlo y quedarse con el resto.

—¿Cuándo es necesario designar un tutor en el testamento?

Si existen hijos menores de 18 años o incapaces jurídicamente, es conveniente designarles un tutor en el Testamento, que podrá ser cualquier persona capaz, y se encargará de la guarda, custodia y representación del menor o del incapaz, cuando los padres de éstos hubieren fallecido.

El tutor en ningún caso puede disponer de los bienes que le hayan dejado a los menores, salvo autorización de un Juez. El tutor no puede desempeñar el cargo sino hasta que ambos padres del menor hayan fallecido.

Con información de UnoTv | CUCS | Foto: Cuartoscuro