mayo 3, 2024

Cd. de México (agencias).- Los trabajadores durante todo el periodo laboral están expuestas a riesgos, accidentes y/o enfermedades. Cuando pasa esto es común presentar una incapacidad y a continuación te hablamos de ¿Cómo se pagan las incapacidades por enfermedad y accidente?

Una incapacidad es cuando un trabajador se encuentre incapacitado para trabajar de manera temporal debido a algún padecimiento derivado por un accidente o enfermedad.

La incapacidad se expide como un certificado que justificará la ausencia en el trabajo durante los días que el trabajador requiera para su pronta recuperación y pueden ser solicitadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

—¿Qué tipo de incapacidades existen?

Existen hasta tres tipos de incapacidad, las cuales son:

  • Incapacidad por riesgo de trabajo
  • Incapacidad por enfermedad general
  • Incapacidad por maternidad

—De esta manera se pagan las incapacidades

De acuerdo al IMSS, si se cumple con los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad da el derecho al pago de un subsidio, quedando de la siguiente manera:

—Riesgo de trabajo

Esta incapacidad no requiere de semanas cotizadas y se entregará un 100 % del salario registrado ante el IMSS al inicio de la incapacidad. El límite de pago es hasta el término de 52 semanas, esto según lo determine el Servicio Médico del IMSS.

—Enfermedad general

En el caso de que la incapacidad se dé por una enfermedad general, se tomarán en cuenta las cuatro semanas cotizadas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad. Si se trata de un trabajador eventual se tomarán seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad.

En este caso el porcentaje del pago será del 60% del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad. Y su límite de pago será a partir del cuarto día hasta el término de 52 semanas, según determine el servicio médico. Asimismo, se podrá dar una prórroga hasta 26 semanas más.

—Maternidad

Para las incapacidades por maternidad, las semanas cotizadas serán desde la 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación. Si la aseguradora no cumple el requisito, el pago estará a cargo del patrón mientras dure el periodo de incapacidad.

Su porcentaje de pago será único por esta incapacidad y será del 100% del salario registrado ante el IMSS.

El límite de pago será hasta 84 días. Mientras que las incapacidades por enlace será hasta por 21 días.

En caso de cumplir con los requisitos, el pago se realizará al tercer día hábil luego de expedir el documento en la ventanilla del banco autorizado.

También puedes recibirlo directamente en la nómina si la empresa donde trabas tiene celebrado el “Convenio de Pago” con el IMSS.

Con información de Dinero en Imagen | KP | Foto: Cuartoscuro